Tema 1. La versión "no legislativa" de la enseñanza de lenguas en España
Me gustaría tratar el tema
de hoy desde un punto de vista más realista y menos legislativo, mediante la
aportación de vivencias personales. Con este objetivo, he recurrido a las
generaciones pasadas y me he apoyado en algún material audiovisual y sitio web.
Además, me he centrado en los niveles educativos que coincidían con la actual
etapa de la adolescencia, desde el franquismo tardío hasta mi generación.
Evidentemente, este no es ningún estudio estadístico, puesto que no poseo los
suficientes datos como para hacer afirmaciones categóricas. Sin embargo, existe
una opinión generalizada sobre cómo era la educación en los años aquí
presentados. Pienso que es muy interesante conocer las experiencias de otras
promociones para comprender la evolución del sistema de enseñanza en España y
analizar la actualidad con perspectiva.
Comenzaré con los años 50
y 60. Aquellas personas que vivieron su adolescencia en esta época se
encontraban en un sistema educativo regido por la Ley de Ordenación de la
Enseñanza Media. De los 10 a los 14 años se cursaba el Bachillerado Elemental y
los dos años siguientes se dedicaban al Bachillerato Superior. Estas dos etapas
iban seguidas de la correspondiente reválida para poder obtener el título. No
es ningún secreto que, bajo el régimen franquista, la educación se
caracterizaba principalmente por el autoritarismo y el miedo.
En lo que se refiere a
los idiomas, en teoría, había la posibilidad de escoger entre el alemán, el francés,
el inglés, el italiano y el portugués. No obstante, en general, se le daba
prioridad al francés, ya que era, normalmente, la lengua escogida por los
centros.
En cuanto a la
metodología de los/las docentes, la normativa establecía que las sesiones se
impartirían en la lengua extranjera y que se promovería la práctica oral y
escrita a través de obras literarias, conversaciones, comentarios de texto y
traducciones. Nada más lejos de la realidad, ya que las clases, normalmente, se
impartían en castellano y se centraban en trabajar la memoria del alumnado, mediante
la repetición de palabras, los dictados y la traducción de pequeñas frases. La
producción oral y escrita propia no se propiciaba y, aún menos, el diálogo en
el idioma extranjero, entre el estudiantado o entre este último y el
profesorado.
A continuación, os dejo
un cortometraje de 1967 titulado La caza de brujas (a partir de 1:23:55), dirigido por Antonio
Drove. Este corto se desarrolla en una escuela confesional, algo propio de la
época. En él podemos visualizar una breve escena que tiene lugar en una clase
de francés. Esta aula llevada a la gran pantalla recoge las características
comentadas en el presente apartado: el profesor como fuente de conocimiento y
el alumnado como elemento pasivo que se limita a reproducir.
Con la llegada de la Ley
General de Educación (en 1970), aparecieron los nuevos niveles educativos de
E.G.B. (de los 6 a los 13 años), BUP (de los 14 a los 16). Esta ley surgió de
la necesidad de modernizar un sistema educativo desfasado y con altos niveles
analfabetismo. Esta nueva organización de la educación se mantuvo en los años
70 y 80. En este caso, volveré a resaltar la propuesta legislativa de un
aprendizaje de lenguas extranjeras activo y predominantemente oral. No
obstante, las experiencias que he recogido no hablan de la práctica oral en las
aulas, más allá de la repetición de palabras. El alumnado seguía siendo un
receptor pasivo sin posibilidad de producir su propio discurso. Aunque,
evidentemente, a medida que pasaron los años se introdujeron mejoras en la práctica
del día a día, sobre todo, teniendo en cuenta la llegada de la democracia al
país.
Un cambio destacable en
esta etapa es la priorización del inglés sobre el francés como primera lengua
extranjera, dada la fuerza que estaba cobrando el mundo anglosajón y, en
consecuencia, su importancia dentro del ámbito laboral.
En este enlace podéis
acceder a la entrada de un blog creado por dos exestudiantes de la E.G.B.(entrevistados en RTVE) en el
que se habla de las clases de inglés y de los recursos televisivos que
aparecieron en la época.
La estructura establecida
por la Ley General de Educación estuvo vigente durante un largo periodo de 20
años. Tras ella, fue en 1990 cuando llegó una modificación del sistema educativo
con la Ley de Ordenación del Sistema Educativo. El cambio a destacar de esta
reforma educativa es la prolongación de la obligatoriedad de la educación hasta
los 16 años y su organización en las etapas que conocemos actualmente:
educación infantil, primaria, secundaria y bachillerato.
En cuanto a la enseñanza
de lenguas extranjeras, habría una primera lengua extranjera obligatoria y la
posibilidad de una segunda optativa a los 12 años. Las pretensiones principalesde la Reforma de 1990 serían las siguientes:
- Propiciar la
comunicación oral y escrita más allá del grupo cultural y lingüístico al que
pertenece el alumnado.
- Enseñar la lengua de
forma contextualizada.
- Desarrollar la
autonomía del alumnado.
- Promover la enseñanza
cíclica.
- Favorecer la tolerancia
a la diversidad cultural y lingüística de la UE.
- Centrar la educación en
el alumnado y sus intereses y necesidades.
- Incluir contenidos
conceptuales, procedimentales y actitudinales.
En relación a las
experiencias que he recogido de esta etapa, hubo una gran evolución con
respecto a las anteriores vivencias. Las sesiones se centraban en la resolución
de ejercicios, lectura de textos y comprensión oral. Los contenidos estaban
ligados a la vida rutinaria o a la realidad cercana al alumnado y se trataban tradiciones
o elementos propios de la cultura de las lenguas estudiadas. No obstante, la
producción oral seguía siendo escasa y se limitaba, la mayor parte de las
veces, a pequeñas intervenciones en clase. La producción escrita propia (es
decir, aquellas redacciones en las que el alumnado tenía libertad para
expresarse en una extensión de texto razonable) tampoco era abundante, aunque a
veces se trabajaba.
La siguiente reforma de
2002 pertenece al periodo que he podido experimentar yo misma. He recibido una
enseñanza regida por dos leyes educativas: La Ley Orgánica de Calidad de la
Educación y la LOE (2006). A pesar de que puedo apreciar una evolución con
respecto a la anterior forma de enseñar las lenguas extranjeras, he sentido
también una carencia en lo referente a promover la producción oral y la
fluidez, en un sistema centrado principalmente en la resolución de ejercicios. Tras
múltiples leyes, puede que algún día consigamos aplicar estos dos aspectos a la
realidad, sin que quede solamente como una utopía escrita en unos textos
oficiales. En definitiva, espero que podamos establecer un método que realmente
nos permita desarrollarnos y comunicarnos en las lenguas extranjeras.
Bibliografía
Madrid,
D. (2001): «Problemática de la enseñanza de las lenguas
extranjeras en España», en Gómez-Caminero,
R (coord.): La enseñanza de
lenguas modernas en el nuevo milenio. [Consultado el 2 de diciembre de 2019].
Disponible en: http://www.ugr.es/~dmadrid/Publicaciones/Problematica%20FL-UGT.pdf
Villacañas-de-Castro,
L.
(2017): Panorama de la enseñanza de
lenguas extranjeras en la España moderna. [Consultado el 2 de diciembre de
2019]. Disponible en: https://www.researchgate.net/publication/321547119_Panorama_de_la_ensenanza_de_lenguas_extranjeras_en_la_Espana_moderna








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